Certificación de Calidad de la Academia Internacional de Odontología Integral
Objetivo general:
La academia internacional de odontología integral (A.I.O.I.) crea un instrumento para certificar a las instituciones odontológicas que cumplan normas que favorezcan la práctica de una odontología multidisciplinaria, conformando una red interactiva entre ellas.
Objetivos específicos:
1. Incentivar a los miembros de la academia al desarrollo continuo de sus instituciones.
2. Fomentar el intercambio de conocimientos académicos y administrativos entre las instituciones.
3. Incentivar la creación de centros de capacitación profesional asociado a la AIOI.
4. Crear un directorio internacional de instituciones certificadas para la referencia de pacientes
Disposiciones generales
· Pueden postular a esta certificación todas las clínicas odontológicas que cumplan los requisitos de certificación, estén legalmente constituidas en su respectivo país y sus directores sean miembros activos de la A.I.O.I
· Deberán presentar su solicitud por escrito y los documentos pertinentes ante el presidente nacional de la A.I.O.I.
Requisitos:
1. De los profesionales
1.1. Contar con un plantel de odontólogos capacitados en las diferentes áreas de la profesión.
1.2. Contar con un equipo de: técnicos dentales, asistentes de consultorio, higienistas debidamente formados.
1.3. Contar con profesionales en administración.
1.4. Cumplir con las leyes de ejercicio profesional correspondientes a cada país.
1.5. El director general de la institución no deberá haber infringido códigos de ética profesional y es responsable de este aspecto en cuanto a sus dependientes.
2. De la infraestructura
2.1. Contar con un mínimo de dos consultorios debidamente equipados en el mismo sitio
2.2. Contar con laboratorio dental
2.3. Contar con sala de esterilización
2.4. Contar con área administrativa
2.5. Contar con area de recepcion
2.6. Contar con un sistema informático
2.7. Cumplir con las normas de cada país en cuanto a infraestructura.
3. De la capacitación
3.1. El personal de todas las áreas debe recibir capacitación continua y estructurada.
3.2. La clínica debe proyectar al medio odontológico sus conocimientos.
3.3. Debe funcionar como centro de referencia internacional para el intercambio y entrenamiento de los miembros de nuestra institución y sus dependiente.
3.4. Algunas clínicas se podrán especializar en un área específica para dar entrenamiento.
4. De la proyección en la comunidad
4.1. Debe demostrar su aporte al desarrollo de su comunidad
Del comité evaluador:
· La institución será evaluada por el presidente mundial y su directorio, past presidentes y presidente del país solicitante, pudiendo ser esta reunión virtual o real.
· El plazo para emitir un fallo será de sesenta días calendario, a partir de la presentación del informe del presidente nacional, y se comunicará inmediatamente a la institución postulante.
De la forma de evaluación:
· La institución postulante deberá presentar para cada requisito los debidos documentos que acrediten el cumplimiento de los mismos.
· El presidente nacional deberá verificar la veracidad de los documentos presentados, emitiendo un informe al comité evaluador, el mismo que, independientemente, hara una evaluacion para emitir un fallo favorable o desfavorable.
De la certificación:
· Se deberá entregar un documento oficial y por escrito que acredite haber recibido la certificación.
· Deberá hacerse público en medios nacionales e internacionales.
· Nuestra institución deberá publicar en su página web los direcciones de las clínicas certificadas.
· La institución certificada debe hacer pública esta certificación
Del tiempo de duración de la certificación:
· Esta certificación tiene validez de 03 (tres años) mientras la clínica mantenga los niveles exigidos, teniendo el presidente nacional la obligación de verificar e informar en las reuniones de directorio.
De la revocatoria:
· Serán pasibles a perder la certificación las instituciones que incumplan los niveles exigidos, los estatutos y reglamentos de nuestra institución, luego de haber sido debidamente notificados y haber cumplido el plazo impuesto por el presidente nacional para su rectificación.
· Las clínicas que no sean recertificadas a cada 03 años no podrán utilizar el emblema de la certificación, en caso de hacerlo serán pasibles a sanciones de tipo legal.